EVALUACIÓN E INTERVENCIÓN CLÍNICO-FORENSE EN EL ABUSO SEXUAL INFANTIL. MILA ARCH MARIN


  El abuso es una constante histórica que se produce en todas las sociedades, culturas y estratos sociales.

  La investigación sobre maltrato infantil se inició centrándose casi en exclusividad en los daños físicos, sin embargo, en los abusos sexuales no sólo puede haber maltrato físico sino que existe una secuela psicológica, en muchas ocasiones, difícil de detectar. Por ello, el abuso sexual infantil es una tipología difícil de estudiar, en muchas ocasiones no hay un daño físico visible y no se dispone de una sintomatología propia para poder detectarlo o diagnosticarlo. 

  A estas dificultades se añaden las relacionadas con el tabú del sexo, en especial si se relaciona con la infancia y el escándalo de su reconocimiento.

 Tampoco existe una definición consensuada del término "abuso sexual" debido a su enorme variabilidad (no hay acuerdo entre los profesionales en criterios como la edad del agresor, edad de la víctima y conductas que se pueden calificar de abuso).

 En España, la mayoría de los profesionales siguen los criterios propuestos por Finkelhor y Hotaling (19849 y López (1994), según los cuales, el abuso sexual infantil debe ser definido a partir de dos conceptos: coerción y asimetría de edad o desigualdad madurativa.


  La coerción se refiere al contacto sexual mantenido con un menor mediante el uso de la fuerza física, la amenaza, la presión, la autoridad o el engaño, y ha de ser considerada criterio suficiente para etiquetar una conducta de abuso sexual, con independencia de la edad del agresor.

  La asimetría de edad impide la decisión libre del menor e imposibilita una actividad sexual compartida, debido al grado de maduración de los participantes. La mayoría de los profesionales consideran que la diferencia de edad ha de ser de 5 años, cuando el menor tiene menos de 12, y de 10 años, cuando tiene entre 13 y 16 años. No obstante, cuando el abuso se da entre menores de edad, se tiene en cuenta también la asimetría de poder o el control que un menor esté ejerciendo sobre el otro.

  Mila Arch recoge la definición de abuso sexual que propone el National Center on Child Abuse and Neglect (1978): 
"Se da abuso sexual en los contactos e interacciones entre un niño o niña y un adulto, cuando el adulto (agresor) usa al niño o niña para estimularse sexualmente a él mismo, al niño o a la niña o a otras personas. El abuso sexual puede también ser cometido por una persona menor de 18 años, cuando ésta es significativamente mayor que el niño o la niña (víctima) o cuando está (el agresor) en una posición de poder o control sobre el otro menor".

  En cuanto a la tipología del abuso, éste puede ser: con contacto físico, sin contacto físico (exhibicionismo, pornografía, exposición a escenas sexuales, etc), intrafamiliar, extrafamiliar, agudo (se sufre solo en una ocasión), crónico (perpetrado con continuidad en el tiempo), exposición involuntaria a material sexual en internet, on-line o grooming (cuando un adulto engaña a un/a menor a través de internet haciéndose pasar por otro menor), llamadas telefónicas obscenas, explotación sexual infantil.


  Evaluar un supuesto abuso sexual en menores implica un alto grado de especialización. En la mayoría de las ocasiones, el/la psicólogo/a forense sólo cuenta con el relato del menor como única evidencia para valorar la ocurrencia del acto abusivo, por lo que ha de contemplar un sistema que tenga en cuenta tanto la valoración de la credibilidad del discurso como la exploración psicológica del menor, así como toda la información posible sobre otros aspectos físicos y sociales que puedan tener interés para la evaluación.

  Generalmente suele haber una alta probabilidad de que los hechos hayan ocurrido cuando éstos son relatados por el/la menor. 

  La evaluación consiste en descartar si dentro de este relato puede darse una acusación falsa propiciada por un adulto.

  Para analizar la credibilidad de la declaración del  menor, es muy importante la entrevista que se le realice, ésta debe ser semi-estructurada, con preguntas abiertas y realizada en un espacio adecuado; debe ser registrada por medios audiovisuales para analizarla en detalle y evitar que el/la menor deban ser entrevistados de nuevo.

  También se debe realizar una exploración psicológica exhaustiva del estado del menor y, posteriormente analizar todos los datos recogidos mediante la aplicación de instrumentos validados como el CBCA (Criterion Based Content Analysis), Análisis del Contenido Basado en Criterios. Este instrumento valora la presencia o ausencia de 19 criterios estructurados en cinco categorías y permite, de este modo, valorar cualitativamente si el menor informó sobre un suceso experimentado. Conviene que la valoración sea realizada por dos técnicos independientes y, una vez realizada, se aplican los criterios de validez. 


  El tratamiento psicológico de las víctimas de abuso sexual ha de ser individualizado y no siempre es necesario ya que el abuso es una experiencia negativa pero no es un trastorno psicológico. 

  Hay que atender el impacto que esta experiencia ha producido en el/la menor, ayudarle a elaborar su propia resiliencia, como mecanismo de autoprotección. Para ello es importante que cuenten con un apoyo emocional efectivo y puedan expresar sus emociones para amortiguar el peso del acontecimiento traumático.

  La familia y, sobre todo, las terapias grupales, se consideran muy eficaces para encontrar esa normalización y evitar no quedar atascados en el rol de víctimas.
 
Algunos documentos interesantes sobre abuso sexual infantil:
www.savethechildren.es/docs/Ficheros/91/Manual.pdf‎ 
 

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